Programa ERAC: Normas Indumentaria y Objetos personales
- Indumentaria del alumnado
Cualquier norma sobre la forma de vestir de los alumnos tiene que constar por escrito con la correspondiente sanción si no lo cumplen. Cualquier norma relacionada con la forma de vestir de los alumnos debe respetar los Derechos Humanos y los del Niño, la libertad de creencia y de religión, y si implica un tipo de adorno, como el collar con un crucifijo o el pañuelo en la cabeza, o una forma determinada de peinarse, etc, siempre que no impida el aprendizaje, ni forme parte de una apología racista, debe permitirse o iría contra los Derechos Humanos. La educación es prioritariamente el respeto a todas las creencias y en el aula debe ser pemitido ya que es una manifestación pacífica de una creencia o religión.
Las normas de centro deben reglarse en función de los derechos de los menores y de los derechos humanos.
Si no existen normas sobre la forma de vestir, ya sea
uniforme o normas específicas sobre algún tipo de prenda, adorno, peinado,
zapatos, etc., no se puede amonestar, ni sancionar.
Si el colegio exige un tipo de uniforme, tendrá que
establecer por escrito las posibles sanciones si incumplen esa norma. Si los
alumnos son pequeños, el incumplimiento es de la familia o tutores y la sanción
debe contemplar la sanción familiar, ya que no es el niño quien la incumple.
Si el colegio no exige uniforme pero exige que los alumnos
no lleven una prenda determinada para ir a clase, zapatillas de deporte,
chándal, pantalón corto, etc., deberá decirlo por escrito y establecer la posible
sanción.
Los centros escolares deben tener en cuenta, que cuando
exigen la forma de vestir, peinarse, o cualquier otra obligación por parte del
alumnado sobre su persona, deben ceñirse a los derechos del alumno, y a los
derechos del niño. Eso significa que pueden exigir aquellos aspectos que son
reversibles, pero no pueden exigir ninguna conducta o comportamiento, o forma
de indumentaria o apariencia personal que vaya en contra de los derechos del
niño o de su familia.
Después de revisar numerosos reglamentos de colegios, tanto
españoles como de otros países, hemos constatado que existen algunas
obligaciones, normas de indumentaria que van en contra de los derechos del niño o
de su familia.
Para evitar, este tipo de contradicciones, y para poder
respetar la forma de vestir, ponerse adornos, peinarse, etc. de cada alumno
fuera del colegio, proponemos partir del principio de Irreversibilidad de las
conductas, de las exigencias de indumentarias de los colegios.
El principio de irreversibilidad, es el que mantiene el
respeto a los derechos de los niños y familias. Significa que cualquier
indumentaria escolar no debe impedir la forma personal que los alumnos fuera de
la escuela deseen mostrar o prefieran. Fuera de la escuela es una cuestión de
la familia y de los menores su forma de vestir y arreglarse.
Como ejemplo de principio de irreversibilidad que debe guiar
cualquier norma para respetar los derechos de los niños, ponemos el siguiente:
Principio de Reversibilidad
Todas las conductas o comportamientos relacionados con
indumentarias, formas de vestir, adornos, peinados, etc. debe ser reversible.
Reversible significa que una vez fuera del centro escolar el alumno o la
familia puede elegir como vestirse, peinarse etc.
Por lo tanto podemos exigir que los alumnos lleven el pelo
recogido cuando estén en el colegio, o cuando estén en clase, alumnos y
alumnas. Puesto que esta conducta es reversible, una vez sale del colegio puede
llevar el pelo suelto sí así lo desea.
Lo que no puede exigir un centro escolar, es el corte de
pelo, ya que es irreversible, cuando sale del centro escolar tendrá que seguir
llevando ese corte de pelo le guste o no, y eso atenta a los derechos del niño.
Se puede exigir que lleve uniforme, puesto que cuando sale
del colegio puede elegir vestir de otra manera.
Creemos que el principio de reversibilidad de las
conductas o formas de presentarse, es indispensable y ayuda a organizar normas
sin atentar contra los principios y derechos de los demás a elegir su forma de
vestir, peinarse, adornarse, etc.
En cuanto a conductas específicas que puedan considerarse
molestas, y que surgen dentro de las aulas o dentro de las dependencias
escolares, es necesario señalarlas al principio de curso, junto con las normas
de convivencia, una vez detalladas previenen posibles conflictos entre docentes
y alumnos e incluso familia.
Por ejemplo: Si no se puede llevar una gorra, sombrero,
bufanda, puesta dentro del aula, o dentro del colegio en general, o no se puede
llevar gafas de sol durante la clase, o no se puede ir sin camiseta, o llevar
el pelo tapando los ojos, etc. etc. hay que decirlo cuando se inicia el curso,
y establecer esa norma para evitar conflictos y discusiones.
Esas normas se establecen dentro del grupo de conductas
incorrectas y sancionables, para ese centro escolar, al decirlas, por escrito
además, al principio se evitan bastantes conflictos y discusiones.
- Objetos personales
Los objetos personales son todos aquellos objetos de los
alumnos que llevan al colegio y no tienen relación con los estudios o la hora
de la alimentación, no tienen necesidad escolar de llevarlos, pero son objetos
que forman parte de las personas y en algunos casos para distraerse durante la
hora del descanso en el patio: balones, juegos, cromos, etc., el problema surge
cuando se utilizan en el momento inadecuado, o se utilizan en el momento
adecuado pero de forma incorrecta.
Se establece una norma general para esos objetos y la forma
y modo, cuando y dónde
pueden utilizarlo
en el colegio, así evitamos otra serie de conflictos que suelen ser también
frecuentes dentro del aula y en el colegio en general: móviles, cadenas,
raquetas, palos, juguetes, bebidas, tabaco, alimentos, chucherías, etc.
Es suficiente con poner una norma de "Utilización correcta
de objetos personales” y una lista de objetos, la norma para utilizarlos y la
sanción si la incumplen.
En el apartado del programa ERAC, hemos detallado las conductas
que comúnmente suelen provocar conflictos, tanto de indumentaria como de
objetos personales, dentro del aula y del centro, y hemos propuesto normas para
cada etapa, Infantil, Primaria, ESO, consecuencias y sanciones.
Ya depende de cada centro escolar que quiera o no incluirlas
o adaptarlas y desarrollarlas, dentro de su normativa de convivencia escolar.